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Habitualmente se toman ambos Incoterms como idénticos y siempre y cuando no se genere ninguna diferencia no nos detenemos a analizar las similitudes y diferencias de ambas siglas, ya que a simple vista (CPT transporte pagado hasta y CFR costo y flete) son iguales.

Lo cierto es que hasta la última revisión en el 2010, la Cámara de Comercio Internacional ha suprimido algunos Incoterms, pero no fue el caso del CPT y CFR.

La principal similitud de ambos es que la empresa vendedora tiene la obligación de entregar la mercancía en poder del porteador y no cuando llega a destino.

Además estas reglas tienen dos puntos importantes: donde se transmite el riesgo y donde se transfiere el costo, ya que ambos son en lugares distintos.

En ambos casos la empresa vendedora cumple con la obligación de entrega cuando pone la mercancía en poder del porteador y no cuando la mercancía llega a lugar de destino.

En el caso del uso del CPT puede utilizarse con independencia del modo de transporte, pero no ocurre lo mismo con el Incoterm CFR que solo debe utilizarse para el transporte marítimo o vías navegables interiores.

Por otro lado las reglas de CPT el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte necesario para trasladar los bienes hasta el lugar indicado, transmitiendo el riesgo al entregar la mercancía al primer transportista, pero el CFR trasmite el riesgo de pérdida o daño de la mercancía cuando ya la mercancía está a bordo del buque.

Lic. Patricio Andrade

ABEL FLEITAS DÍAZ & CIA

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