
A partir de la aprobación de la Decisión CMC Nº 05/23, el MERCOSUR cuenta con un Régimen de Origen actualizado, alineado con las prácticas internacionales en materia de facilitación del comercio. No obstante, como ocurre con este tipo de instrumentos, su aplicación efectiva requiere la correspondiente internalización por parte de cada Estado Parte.
Entre los principales cambios introducidos, se destaca la incorporación de la autocertificación de origen, mediante la cual el propio exportador o productor podrá declarar el origen de las mercaderías, como alternativa al tradicional Certificado de Origen emitido por entidades habilitadas.
En este sentido, el Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay dispuso, mediante Resolución S/N, que la autocertificación por parte de exportadores o productores uruguayos comenzará a regir a partir del 1º de octubre de 2026.
Desde ABEL FLEITAS DÍAZ & CÍA., recomendamos que, previo a la utilización de este mecanismo, se coordine con el importador en destino a efectos de confirmar su aceptación, así como verificar la correcta implementación del régimen en el país de importación, evitando eventuales contingencias operativas o la pérdida de los beneficios arancelarios.
Lic. Patricio Andrade
ABEL FLEITAS DÍAZ & CÍA.

