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mujer cargando vape con líquido

La Dirección Nacional de Aduanas (DNA) publicó el decreto que prohíbe la importación de dispositivos personales de vaporización eléctricos de tabaco, en cumplimiento al decreto 125/025 del Ministerio de Salud Pública. 

Este decreto prohíbe la comercialización, importación, registro como marca o patente y publicidad, de cualquier dispositivo electrónico para fumar: “cigarrillo electrónico”, “e-cigarettes”, “e-ciggy”, “e-cigar”, entre otros, incluidos aquellos que se ofrezcan como alternativa en el tratamiento contra el tabaquismo. También se encuentran incluidos los productos para la administración de nicotina que emplean la tecnología de tabaco calentado. 

La Gerencia del Área Gestión de Comercio Exterior informó esta ya se encuentra configurada esta disposición en el sistema Lucía, la plataforma informática para el control de operaciones aduaneras de exportación, importación y tránsito de mercaderías en el territorio uruguayo. 


ABEL FLEITAS DÍAZ & CIA

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