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Compra de lentes de sol en el exterior por parte de particulares, para uso personal

En atención a las normas vigentes sobre prevención en salud ocular, se comunica que la compra en el exterior y/o el ingreso al país de dispositivos/productos ópticos/oftálmicos no está habilitada para personas físicas.

Como única excepción a lo mencionado anteriormente, los particulares podrán solicitar la liberación por única vez de hasta 2 unidades de lentes de sol para uso personal.

Para ello deben realizar un trámite en Aduana, a través de la página de VUCE.

Este trámite tiene costo y requiere para su aprobación:

  • Presentar una declaración jurada de un Técnico Óptico habilitado por el MSP, donde explicite que los anteojos adquiridos cumplen con lo dispuesto en las normativas y que efectuará control posterior de la real protección UV al 100% mediante el uso de fotómetro, e informará debidamente el resultado de dicha medición al usuario. Adjuntar a la misma el titulo del Óptico con constancia de registro ante MSP.
  • También debe presentar factura de compra a nombre del usuario que realiza la solicitud.

Debe tenerse en cuenta que, la realización de la solicitud no implica aceptación por parte del MSP, que la misma no puede superar las 2 unidades por persona, y que correrán por su cuenta todos los costos asociados a la mencionada solicitud.

Por consultas comunicarse vía mail: sectoroptico@msp.gub.uy

Puede descargar comunicado para mayor información:

Plantilla de declaración jurada
Comunicado sobre lentes de sol


FUENTE: Ministerio de Salud Pública

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