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A partir del 1º de enero del 2018 entrará en vigencia el artículo 265 de la Ley 19.535 que modifica las alícuotas actuales de la Tasa Consular.

Dichas alícuotas quedarán de la siguiente forma:

  • Productos amparados a la ACE Nº18 MERCOSUR se aplicará una tasa del 3%;
  • Productos extra zona no considerados Bienes de Capital, petróleo crudo, mercadería amparada al TLC Mexico – Uruguay y Admisiones Temporarias la alícuota a liquidar será del 5%.

Dicho artículo faculta al Poder Ejecutivo a partir de enero de 2020 a implementar una reducción de dicha Tasa.
ABEL FLEITAS DÍAZ & CIA

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