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Reglamento de Seguridad de Gasodomésticos, Recipientes Portátiles y sus Accesorios para Gas Licuado de Petróleo y Gas Natural

Se publicó el Decreto 218/023 relativo al Reglamento de Seguridad de Gasodomésticos, Recipientes Portátiles y sus Accesorios para Gas Licuado de Petróleo y Gas Natural.

Dicho Decreto asigna a la URSEA como regulador junto con Aduanas para la autorización de importación. Los bienes deberán cumplir con el Reglamento Mercosur para obtener los permisos de importación.

Cabe destacar que a la fecha de hoy aún no se ha instrumentado el procedimiento del trámite.

Compartimos el Decreto y Reglamento asociados.


ABEL FLEITAS DÍAZ & CIA

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