
Desde el 10 de marzo, se encuentra vigente la Resolución N°5/2025, la cual dispone que, en los DUA (Documento Único Administrativo) de las operaciones aduaneras de Exportación, se podrán incluir bienes dirigidos a diferentes países de destino.
Estas disposiciones solo se aplicarán en operaciones de exportación definitiva, de mercaderías depositadas en Terminal de Cargas del Uruguay del Aeropuerto Internacional de Carrasco, asociadas a operaciones de comercio electrónico.
FUENTE: Ministerio de Economía y Finanzas