Por Resolución de Ursec Nº 275/2021, de fecha 9 de diciembre de 2021, se habilita el ingreso al país a través de encomiendas postales internacionales sin requerir la previa intervención de dicha Unidad Reguladora en el trámite correspondiente, de los dispositivos que a la vez cumplan las siguientes condiciones:
a. Que únicamente funcionen en las bandas de frecuencias de 2,4 GHz a 2,4835 GHz y/o 5,725 GHz a 5,850 GHz;
b. Que operen con la familia de normas del estándar 802.11 (conocidos como Wifi4, Wifi5 y Wifi6) y/o 802.15 (conocido como Bluetooth);
A continuación luce una nómina no taxativa de dispositivos que pueden quedar comprendidos en esta situación en tanto operen en las precitadas condiciones técnicas:
- Anteojos con auriculares inalámbricos
- Aspiradora con módulo inalámbrico
- Auriculares inalámbricos
- Cámara fotográfica con módulo inalámbrico
- Cámara web inalámbrica (para PC, notebook, laptop)
- Consola de video juego con módulo inalámbrico
- Cargador inalámbrico portátil
- Cepillo dental inalámbrico
- Dispositivo de streaming de video con módulo inalámbrico
- Escáner con módulo inalámbrico
- Juguete con control inalámbrico (muñecos, vehículos, etc.)
- Joystick inalámbrico para consolas
- Impresora con módulo inalámbrico
- Lámpara led con control inalámbrico.
FUENTE: URSEC