Para el caso de las compras realizadas en el exterior a través de Internet y no hayan sido enviadas como entrega expresa o EMS, el Decreto 506 del 2001 y posteriores Decretos que lo modifican reglamentan que se puede introducir a plaza con un único pago del 60% del valor total con un mínimo de 10 USD sin intervención del despachante de Aduanas, esta situación también puede ser tomada en cuenta cuando quien realiza la compra superó el límite anual de la franquicia actualmente fijada en tres compras.
En caso que la compra realizada sea mayor a 200 USD si debe contratar el servicio de despachante de Aduanas, ya que se debe utilizar el régimen general de importación.
ABEL FLEITAS DIAZ & CIA.